Cuadernos de

Medicina Forense

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Cuad Med Forense 1998; 14:21-27

Sentencias recaídas en demandas contra resoluciones de Invalidez Permanente: un indicador del control de calidad para la UVMI.

 

III JORNADAS ANDALUZAS SOBRE VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL

Sevilla, Marzo 1998

 


C. Rodríguez Reyes (1), R. Díaz Peral (1), J. Burguillos Llanos (1), J.M. Hernández Cataño (1),

J.M. Luanco Gracia (2) y J.M. de Aquino Sabal (3)

 

(1) Médicos Inspectores de la UVMI de Sevilla.

(2) Coordinador Provincial de la UVMI de Sevilla.

(3) ATS adscrito a la UVMI de Sevilla.


 

INTRODUCCIÓN

En una época en la que la valoración del menoscabo está tan de actualidad, los autores de este estudio, pertenecientes al cuerpo de Médicos-lnspectores que lleva desempeñando esta función desde hace tanto tiempo, hemos querido hacer una valoración objetiva de nuestro trabajo.

 

El RD 2609/82, sobre evaluación y declaración de las situaciones de invalidez en la Seguridad Social, creó las UVMI (Unidades de Valoración Médica de Incapacidades), en cada Dirección Provincial del INSALUD, haciéndolas depender orgánicamente de ellas. Estas UVMI estaban constituidas por facultativos pertenecientes al Cuerpo Sanitario de la Seguridad Social (escala Médicos Inspectores) o al de Asesores. Su misión era cumplimentar los dictámenes contenidos en el art. 3° del mencionado real decreto, que así mismo creó las CLI (Comisiones de Evaluación de Incapacidades), encuadradas orgánica y funcionalmente en las Direcciones Provinciales del INSS, y que asumieron como funciones, principalmente, la declaración de la existencia, o no de invalidez permanente en sus distintos grados. Estas CEI estaban formadas por un presidente, un secretario y tres vocales (puestos ocupados por un inspector de trabajo, el jefe de la UVMI  y un funcionario especializado del INSERSO). Por RD 400/84 de 22 de Febrero, las funciones y servicios del INSALUD, fueron transferidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

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