Cuad Med Forense 1997; 8:60-67
La valoración médica de la invalidez laboral por daño psíquico.
II JORNADAS ANDALUZAS SOBRE VALORACIÓN DEL DAÑO CORPORAL
Sevilla, 1995
AL. García Caro (1) , J. Astolfi Pérez de Guzmán (1)
(1) Médico Evaluador de la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades. Sevilla. (España).
INTRODUCCIÓN
El Real Decreto 2069 de 24 de septiembre de 1.982, atribuye competencias en materia de Evaluación y declaración de la Situación de Invalidez en el ámbito de la Seguridad Social al INSALUD, I.N.S.S. e INSERSO, y crea las U.V.M.I. que vienen a sustituir a las antiguas CC.TT.CC.
Posteriormente aparece otro Real Decreto y algunas OO.MM. que modifican en algún aspecto y desarrollan el R.D. de 24 de septiembre, facultando al INSALUD para dictar las normas necesarias para el funcionamiento de las recién nacidas Unidades de Valoración.
Con motivo del desarrollo de las autonomías, las competencias del INSALUD las ha asumido por transferencia, la Consejería de Salud en el caso concreto de Andalucía.
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